Prescripción de la acción penal – Código Penal Colombiano.

Prescripción de la acción penal

¿Qué es la prescripción de la acción penal?

La prescripción es una figura jurídica que se manifiesta cuando ha fenecido el tiempo que dispone el Estado para ejercer la acción punitiva contra el sujeto infractor, esta es una causal de extinción de la acción penal.

¿Cuál es el término de prescripción de la acción penal?

El término para que prescriba la acción y pueda extinguirse depende del tipo penal y de la pena establecida para cada delito, por tanto el código las divide así:

  • Los delitos que tengan señalada pena privativa de libertad:

REGLA GENERAL:

El primer término de prescripción para los delitos que tengan señalada pena privativa de libertad se encuentra establecido en el artículo 83 del Código Penal, el cual será igual al máximo de la pena, dicho termino no puede ser inferior a cinco (5) años ni superior a veinte (20).

  • Como ejemplo tenemos el delito de homicidio establecido en el artículo 103 del Código Penal el cual tiene una pena de prisión desde doscientos ocho (208) meses a cuatrocientos cincuenta (450) meses, es decir que el término que tiene el Estado para ejercer la acción penal es de 450 meses.

Sin embargo, este término se interrumpe y vuelve a contarse con la formulación de imputación, por tanto es  considerado como el segundo termino de prescripción,  pero esta vez será la mitad del máximo de la pena, dicho termino no puede ser inferior a cinco años (5) ni superior a diez (10), según lo establecido en el artículo 86 de Código Penal.

  • Siguiendo con nuestro caso, en el delito de homicidio simple una vez formulada la imputación, este interrumpe la prescripción de la acción y empieza a contarse el nuevo termino de prescripción, es decir doscientos veinticinco (225) meses para dictar fallo.

Es importante precisar que en la reciente sentencia del 16 de septiembre de 2020 SP3468-2020 con Magistrado ponente Hugo Quintero Bernate, la Corte aclara que el segundo término de prescripción de la acción empieza a correr desde la fecha en que se formula la imputación y no desde el día siguiente, y explicó que la formulación de imputación produce dos consecuencias, la primera es la interrupción del primer término de prescripción y la segunda es el inicio del segundo término.

DELITOS ESPECÍFICOS:

El Código Penal también estableció un término de prescripción de treinta (30) años para algunos delitos específicos como:

  • Desaparición forzada
  • Tortura
  • Homicidio de miembro de una organización sindical
  • Homicidio de defensor de Derechos Humanos
  • Homicidio de periodista
  • Desplazamiento forzado.

DELITOS CONTRA MENORES DE EDAD:

El legislador fijó el término de veinte (20) años para que prescriban algunos delitos cometidos contra  menores de edad, sin embargo este término empezará a contar desde que la víctima alcance la mayoría de edad.

Los delitos contra menores de edad con dicho termino prescriptivo son los que atenten contra los bienes jurídicos de libertad, Integridad y formación sexual del menor.

También fijó este término de prescripción para el delito de incesto contra menor de edad consagrado en el artículo  237 del Código Penal.

DELITOS COMETIDOS POR UN SERVIDOR PÚBLICO EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES:

Cuando el sujeto activo del delito sea un servidor público en ejercicio de sus funciones, o los particulares que ejerzan funciones públicas permanentes o transitorias el término de prescripción se aumentará en la mitad sin exceder el límite fijado en la ley.   Así mismo, el aumento del término prescriptivo se aumentará cuando este se haya empezado  cometer o consumado en el exterior.

2-. Conductas punibles que no tienen pena privativa de libertad:

Para las conductas punibles que no acarrean una sanción de pena privativa de su libertad, prescribirán en cinco (5) años.

¿Qué delitos son imprescriptibles?

El inciso segunda del artículo 83 del código penal, establece que los delitos de Genocidio, de lesa humanidad y crímenes de guerra no serán susceptibles de prescripción.

¿Desde cuándo se empieza a contar el término para que prescriba la acción penal?

El artículo 84 del código penal establece el momento a partir del cual se empezará a contar el término de  prescripción, el cual están clasificadas dependiendo del tipo penal.

TIPOS PENALES DE EJECUCIÓN INSTANTÁNEA:

Son los delitos que su consumación tiene lugar en un momento específico, es decir el momento en que ocurrió la conducta delictiva o debió realizarse el comportamiento omisivo, que en este caso la prescripción de la acción en términos generales se empieza a contar desde el día de la consumación del delito.

Ejemplos de tipos penales de ejecución instantánea: Homicidio.

TIPOS PENALES DE EJECUCIÓN PERMANENTE:

Son los que su consumación se prolonga en el tiempo hasta cuando cesa el atentado contra el bien jurídico, el cual es el momento en el que se empieza a contar el término de prescripción de la acción.

Ejemplos de tipos penales de ejecución sucesiva: Secuestro.

TIPOS PENALES EN GRADO DE TENTATIVA:

El término de prescripción empieza a contarse desde que se cometió e último acto.

Artículo sustentado en:

  • Capítulo quinto del Código Penal (Artículos 83,84,86)
  • Sentencia del 16 de septiembre de 2020 SP3468-2020 con Magistrado ponente Hugo Quintero Bernate.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *